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Posted on 3/21/2010
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Hola
Efectivamente, debes tener un contrato de arriendo que formalize la fecha desde la que tu estas en ese domicilio, de las cosas que no tengas boleta o factura, debes acreditar tu pertenencia, te recomiendo ir a una Notaria a consultar, seguramente con una declaracion jurada, con 2 testigos, adjuntando un inventario de tus bienes, para que tengas el documento por un Notario, para acreditar que son de tu propiedad .
que te vaya bien.
saludos
Hola:
Si tú tienes las boletas de tus cosas...con eso puedes demostrar que son de tu propiedad....lo otro si no las tienes debes hacer una especie de "tercería de dominio" con un abogado, como un inventario de que todo lo que está en la casa te pertenece o bien los bienes los traspasas a nombre de otro (mamá-papá....alguien de muuuuuuuuuuuuuucha confianza)....en el caso que vengan a inventariar tu demuestras ese documento y queda sin efecto el embargo.....de igual forma trata que el papá de tu amiga te haga un contrato de arriendo ante notario y así puedas demostrar desde cuando habitas en ese domicilio.
Salu2..Nataly
Lo correcto sería que quien te prestó la casa avise a tribunales que ya los demandados no viven ahí. Que te haga un contrato de arriendo y con ese contrato dejas constancia en Carabineros que tú eres la nueva arrendataria ya que para embargar van con Carabinero. Consejo para todos,NUNCA RECIBIR correspondencia a otro nombre, devolverla diciendo "no corresponde domicilio" y como desgraciadamente las mismas citaciones judiciales las tiran a los domicilios sin que nadie responsable firme que fué recibido hay que dejar constancia en Carabineros de esta anomalía y ojalá entregarla al Trubunal correspondiente.Todos estamos estresados y si vas a estar angustiada que te pueden llevar tus cosas talvez podrías ir viendo donde trasladarlas. A mi parecer parte por que el propietario avise a Tribunales como te decía anteriormente, sin dejar de lado mis otras recomendaciones. Tranquila y suerte.
Estiamada tener con sellos la propiedad no sirve de nada, pues la orden de embargo es con allanamiento y descerrajamiento, sino tienes contrato de arriendo, puedes resolver aquello con uno de comodato y así puedes resolver esa situación, que en caso de embargo, siempre tendrás que resolver en tribunales a menos que el deudor pague esa deuda.
Ante más detalles, me puedes escribir a email [e-mail]
El dueño tiene que informar que los demandados ya no viven allí y por supuesto un contrato de arriendo y ojala una declaracion jurada que no tienen nada que ver con los antiguos arrendatarios.
HOLA, MIS PADRES PASARON POR UNA SITUACION PARECIDA CON UN ARRENDATARIO, LES HIBAN A EMBARGAR LA CASA CUANDO ELLOS LOS FRESCOS NO ERAN LOS DUEÑOS. EN FIN LO SOLUCIONARON CON UN ABOGADO, YO VI QUE HISIERON UNA LISTA DE LOS MUEBLES POR VIEJOS QUE FUERAN, ENTONCES MI CONSEJO ES QUE HASTE ASESORAR POR UNO Y FINIQUITADO EL TEMA. INDEPENDIENTE DE LOS TRAMITES QUE HAGAN LOS DIEÑOS POR SU CUENTA QUE SUMAN FUERZA AL CASO.
QUE UN ABOGADO TE AYUDE CON LOS PAPELES QUE DEBES PRESENTAR Y CONSERVAR, MIS PADRES PASARON POR LA MISMA SITUACION UN ARRENDATARIO SE FUE DEJANDO MONTONES DE DEUDAS Y LES HIBAN A EMBARGAR LA PROPIEDAD, HICIERON UNA LISTA DE LOS MUEBLES ACREDITANDO QUE ERAN DE ELLOS, NO SE COMO PERO CON EL ABOGADO RESOLVIERON EL CASO
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