Login · Sign up · Help · English Español

mfernandac needs:

Remate sin aviso, abogados, sii, que impotencia.

Hola,

en mi familia tenemos una casa muy querida por todos, donde vivía mi abuela y nos juntábamos siempre. desde que ella murió hace unos 6 años, que está en arriendo...

en un comienzo (año 63) se pensaban construir dos casas, por lo tanto son dos sitios. finalmente el segundo no se utilizó y fue siempre el jardín de la primera casa. el jardín pagaba contribuciones aparte, ya que legalmente era aún un sitio "eriazo".

Hace unos años, decidimos juntarlos ya que en la práctica es un solo sitio, del mismo dueño. el trámite se hizo como correspondía en la municipalidad, pero algo quedó mal hecho, y a pesar de que en la municipalidad dijeron que estaba bien, en impuestos internos siguieron cobrando la contribución por sitio "eriazo" sin avisar cada vez que quedaba impago. sin que supiéramos, se fue acumulando una deuda. hace unos meses, llegó un aviso de remate que nos tomó por sorpresa... estamos muy tristes ya que es la casa de toda una vida, pero además con rabia, ya que por culpa de terceros por ahora la única solución que vemos es venderla. lo único q se logró por ahora es evitar q se siga acumulando, pero de todas formas es una suma altísima...

mi duda es: no existe ninguna ley que obligue a impuestos internos a avisar directamente al dueño de casa en un caso tan grave como este? ya que ellos dicen haber mandando avisos, pero por carta, y los arrendatarios no se hacen responsables, por lo tanto no podemos tpco tener un respaldo de lo que aseguran... los abogados nos han dicho que ya no quedan más instancias para alegar, pero no puedo creer que por no hacer algo tan fácil y simple como AVISAR A TIEMPO se haya llegado a esto. lo habriamos solucionado inmediatamente.

yo se que hay penas peores, pero da rabia cuando era totalmente evitable. que no les pase a uds, estén siempre atentisimos con trámites así...es una enorme impotencia, una forma más de abuso de poder...

gracias.

Community in Las Condes » Technical support in Las Condes » Abogado

Chile Location · Las Condes (view map)

Posted on 9/6/2010 by @mfernandac Send message


Need closed.

8 Community Helps

  • cobrador
    miguel alvarez (@cobrador)
    Send message

    Posted on 9/6/2010 La Cisterna

    Estimada : Comprendo tu rabia y tu impotencia, el SII y el Servicio de Aduanas aun siguen siendo juez y parte si tu tienes un reclamo ante Impuestos Internos primero debes pagar la multa y luego reclamar, PLOP y ante Quien reclamas ante el mismo Impuestos Internos y se apela Ante La Direccion Regional del mismo Servicio, es decir son juez y parte
    No me sorprende el actuar, como es una deuda de contribuciones te recomiendo atacar el origen e ir a Tesoreria, lamentablemente para todo hay plazos, y ver si puedes repactar en los terminos que ellos te ofrezcan o la otra opcion es hacerse parte del proceso de remate por medio de palos blancos, por cuanto ese tipo de remates es por el avaluo fiscal en primer llamado y luego va bajando, otras soluciones dependen de otros antecedentes pero para mayor detalle y sin costo te sugiero el mail [e-mail]
    Atte
    Miguel Alvarez

    +1 Bad Help Great Help
  • HaggenAgain
    Haggen Again (@HaggenAgain)
    Send message

    Posted on 9/6/2010 Antofagasta

    a ver... mas alla de q' el SII sea juez y parte, aqui no se habla de avisos... sino derechamente de NOTIFICAR LEGALMENTE A LAS PARTES, y asi, la ley establece que se envia una notificacion por cedula al domicilio al cual pertenece la deuda. Si es que ahi no esta viviendo el dueño, sino un arrendador... pues eso si lo piensas, no es algo que pese sobre el SII.

    Ahora, como solucion... tengo entendido que Tesoreria acaba de sacar una nueva repactacion para quienes adeudan contribuciones donde te dan algo asi como hasta 24 cuotas. No tengo mas informacion al respecto que lo que vi en las noticias... pero no estaría de mas ir a preguntar. Es el colmo de las desgracias perder una casa por no pago de contribuciones.... ademas, tp podrias llegar y venderla, puesto que esa casa si esta para remate, ESTA EMBARGADA... o sea, pesa sobre ella una prohibicion de celebrar actos y contratos (entre ellos, la venta de la casa). Y si la rematan, es muy posible que salga bajo su precio real.

    Insisto, te aconsejo que la salven como puedan... pidan un prestamo, endeudense. Saneen la deuda, Y LUEGO SI QUIEREN VENDEN, pero a un precio de mercado!

    Bueno, espero tengan alguna solucion satisfactoria para su problema!! Suerteeee!!

    +1 Bad Help Great Help
  • mfernandac
    M Fernanda Cataldo N (@mfernandac)
    Send message

    Posted on 9/6/2010 Vitacura

    gracias a ambos por los consejos (@HaggenAgain, que significa notificación "por cédula"?) la deuda es impagable, ni por partes ni nada... el remate se logró parar corrigiendo el error q había en sii pero no sabemos hasta cuando lo van a aguantar, ya que igual los intereses de la deuda se siguen acumulando... al menos podría venderse la casa a un mejor precio. de todas formas el costo es sobre todas las cosas, sentimental...

    lo que encuentro increible es el formato de la notificación, es irresponsable. jamás se aseguraron de que hubo un recibo de parte del dueño. pudo haber llovido, un niño por jugar lo pudo haber tomado, arrendatarios poco amables que no pasen las cartas... nosé, hay mil opciones. encuentro que decir que "se aviso con notificacion al domicilio" es vago, osea hasta un perro podria haberse comido el famoso papel... deberían exigir al menos una firma que confirme que ALGUIEN recibió la información y así al menos sabríamos donde estuvo el error. el arrendatario se deshace de una carta y nosotros perdemos una casa??? es totalmente injusto. me quejo del sistema, siento que están robándonos la casa, abusando de la herramienta legal que ahora es imparable y definitiva...

    nuevamente, gracias por los consejos... si aun saben de algo, cualquier cosa que pudiese parar esto... en fin. gracias.

    +0 Bad Help Great Help
  • CristianPasciani
    Cristian Pasciani (@CristianPasciani)
    Send message

    Posted on 9/7/2010 Ñuñoa

    Hola Fernanda, han pensado acudir a los medios? Por ejemplo CHV se jacta de que está al servicio de las personas y que si tienes un problema los contactes. A veces hacer un poco de pataleta puede servir. Las noticias, algún programa de denuncia, etc.

    Mucha suerte, espero que el imperio no te gane!

    +0 Bad Help Great Help
  • cobrador
    miguel alvarez (@cobrador)
    Send message

    Posted on 9/7/2010 La Cisterna

    Estimada La legal es que existen distintos tipos de notificacion al iniciar un proceso se da la notificacion personal es decir buscada la persona es encontrada y se le entrega la copia de la demanda y del proveido existe la notificacion subsidiaria del articulo 44 del CPC que se da cuando buscada la persona en dias y horas habiles distintos no es habido pero se certifique que es su lugar de juicio, la notificacion por cedula es una copia o aviso que se entrega sin verificar la existencia de la pèrtsona es decir actua como correo no comprueba ni domicilio ni la persona que lo recibe y se da cuando ya se ha iniciado el juicio y para ciertas resoluciones.
    El problema que esta notificacion por cedula que se da en este caso reemplaza la notificacion personal lo cual es un descriterio puede que la persona a quien se da por notificada , puede estar fallecida pero igual se lo da por notificado, y porque sucede esto porque la contraparte es el papa FISCO que como Jalisco nunca pierde, en un juicio normal se podria discutir una nulidad absoluta por falta de emplazamiento es decir no fuiste notificada legalmente, ahora igual se puede intentar para ganar tiempo la nulidad por falta de emplazamiento a menos que ya hayan realizado gestion util en cuyo caso tacitamente avalaron lo ya actuado
    Ahora coincido con el maestro@HaggenAgain es mejor pedir un prestamo y salvar la propiedad a venderla a precio de huevo, cualquiera que quiera comprar al estudiar los titulos va a ver que esta para remate.
    Fuerza pero tu contraparte hace la ley y la hace cumplir por injusta que sea
    Atte
    Miguel Alvarez

    +0 Bad Help Great Help
  • Genta
    Jorge Genta (@Genta)
    Send message

    Posted on 9/7/2010 Providencia

    La cobranza de Impuestos la realiza la Tesorería General de la Republica, mediante Juicio Ejecutivo especial de Cobranza de Tributos, cuya normativa se en cuentra en el Código Tributario, no tiene nada que ver el S.I.I.
    Ahora bien, es necesario analizar que periodos de impuesto territorial te esta cobrando la Tesorería, si fuiste debidamente emplazada y requerida de pago en el expediente de cobranzas que lleva esa Tesorería, que tramites son los que realizastes para suspender el remate,etc.
    Con dichos antecedentes se puede estudiar si la Tesorería esta actuando dentro de los plazos que tiene para el cobro de los impuestos u otra salida alternativa. Si me entregas mayores antecedentes, es probable que te pueda orientar en los pasos a seguir. Contactame al correo electrónico: [e-mail].

    Atentamente,

    Jorge Genta F.

    +0 Bad Help Great Help
  • HaggenAgain
    Haggen Again (@HaggenAgain)
    Send message

    Posted on 9/7/2010 Antofagasta

    @mfernandac -----------> lo que no entiendo es CÓMO puedes adeudar taaaaanto dinero por concepto de contribuciones?!? Cuanto pagaba esa propiedad??
    Ademas, las multas e intereses siempre, SIEMPRE las rebajan... te lo digo por experiencia propia... a mis viejos una vez Tesorería casi le rematan la casa, y solo se pagó el capital y reajuste... y un adicional que debe aber sido multa, pero que era infimo... algo asi como 3 lucas extras por cada contribucion.

    En fin... las contribuciones de mi casa no son bajas, pero tampoco irracionalmente altas... entonces, aun si me atrasara 2 años, la cantidad no seria impagable... y mas de 2 años no me podria atrasar, porq' en dicho plazo ya me habrian rematado la casa! ¬¬


    Suerte!


    PD: aahh y @Genta tiene mucha razon... impuestos internos es el organismo encargado de determinar cuanto impuesto paga cada quien... y cúando alguien los esta evadiendo! Sin embargo, quien recauda y demanda en caso de no pago... es la Tesorería.

    +1 Bad Help Great Help
  • mfernandac
    M Fernanda Cataldo N (@mfernandac)
    Send message

    Posted on 9/7/2010 Vitacura

    gracias... yo no soy quien está a cargo de la casa, acabo de estar con esa persona, las cosas ya están muy avanzadas y ya definitivamente no hay mas que hacer... jamas hubo un animo de evasión, solo se unificaron dos terrenos que en la practica es uno solo, y en la municipalidad jamas dijeron q faltara parte del trámite entonces no podiamos saber que algo andaba mal.
    no sabia que rebajaran las multas, pero ni aunque la deuda baje a la mitad... gracias por dar parte de su tiempo, al menos no nos volvera a pasar. espero...

    +0 Bad Help Great Help

Need closed.

To help this person, login or sign up for free




Explore other Needs









English · Español