¿Por qué necesita una Renta Vitalicia?
Si ha trabajado durante toda su vida, es el momento de descansar y vivir tranquilo. Al momento de pensionarse usted podrá optar por Retiro Programado en su AFP, una Renta Vitalicia o una combinación de ambas.
- ¿En qué consiste el Retiro Programado de la AFP?
Su fondo de pensión se mantiene en manos de la A.F.P. y es esta quien lo administra. El monto de la pensión que usted recibirá está determinado por la rentabilidad que obtenga la AFP y el capital que usted esta retirando lo que lleva a que no sea un monto seguro. Su variación con respecto al año anterior puede ser superior o inferior a la variación del IPC. El monto de la pensión que usted recibe será decreciente en el tiempo, es decir su valor irá disminuyendo con el tiempo, efecto que es más notorio entre el tercer y quinto año de vigencia
- ¿Qué es una Renta Vitalicia?
Es un seguro pactado entre usted y una compañía de seguros, el cual le otorga una pensión que le garantiza una renta mensual que se mantiene intacta durante toda su vida.
- Beneficios a los que usted podrá acceder al contratar una Renta Vitalicia.
La renta vitalicia se expresa en UF, por lo que su valor real se mantiene invariable , pese a la inflación.
Usted mantiene sus beneficios de salud , ya sea en una Isapre o en Fonasa.
Usted recibe como beneficio una cuota mortuoria de 15 UF.
No existe cobro de comisión ni otro gasto adicional, por las pensiones recibidas.
- ¿Cuáles son las ventajas de una Renta Vitalicia, respecto del Retiro Programado de la AFP?
Usted no corre el riesgo de que se agote su cuenta individual. El monto de la renta en UF pactada con la compañía de seguros, no cambia en el tiempo y es de por vida. El riesgo financiero y de sobrevida lo asume la compañía de seguros, no por usted o su familia.
¿Por qué el asesor previsional Luis Fernando Correa?
Porque él tiene una larga trayectoria en el mercado de seguros que data de 1977, lo que le permite contar con la experiencia que los clientes requieren, que le permitirán obtener un alto nivel de servicio.
¿Cómo cotizar?
El cliente, obligatoriamente deberá utilizar el Sistema de Informacion Electrónico de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP) para ingresar su solicitud de oferta a través de una compañía de seguros, AFP o asesor previsional.
Luis Fernando Correa como asesor previsional esta autorizado para que desde cualquier computador conectado a internet y que tenga impresora, a ingresar su solicitud al sistema SCOMP para cotizar, con el folio de su certificado de saldo.
Pension de vejez
Para acceder a esta alternativa de Renta Vitalicia, usted debe cumplir con el requisito de tener la edad mínima exigida por la ley (60 años las mujeres y 65 los hombres). No es necesario que usted interrumpa su actividad laboral, para optar a este tipo de pensión.
Esta Renta Vitalicia se financia con:
* El capital que el afiliado lleva ahorrado en su AFP (saldo de la cuenta de capitalización individual).
* El Bono de Reconocimiento liquidado y
* Aportes de capital provenientes de su cuenta de ahorro voluntario en la AFP y de Ahorro Previsional Voluntario (APV), si corresponde.
Por cuánto tiempo garantizar el pago íntegro de su pensión, si usted fallece:
* Simple: Sus beneficiarios con derecho a pensión continuarán recibiendo una renta fija en UF, de acuerdo a los porcentajes establecidos por ley.
* Garantizada: Consorcio asegura a sus beneficiarios la misma pensión mensual que recibía usted, durante un período definido al momento de la suscripción del contrato, que pueden ser 10 15,20 y 25 años.
Vejez Anticipada
Usted puede acceder a esta alternativa de Renta Vitalicia, antes de cumplir la edad legal para pensionarse, siempre y cuando cumpla con las siguientes condiciones:
* Contar con un fondo en la AFP, que le permita acceder a una pensión mensual equivalente al 70% de su promedio de rentas de los últimos 10 años
* Que el monto de su pensión sea mayor al 150% a la pensión mínima vigente establecida por el Estado.
Esta Renta Vitalicia se financia con:
* El capital que el afiliado lleva ahorrado en su AFP (saldo de la cuenta de capitalización individual).
* El Bono de Reconocimiento liquidado y
* Aportes de capital provenientes de su cuenta de ahorro voluntario en la AFP y de Ahorro Previsional Voluntario (APV), si corresponde.
Por cuánto tiempo garantizar el pago íntegro de su pensión, si usted fallece
* Simple: Sus beneficiarios con derecho a pensión continuarán recibiendo una renta fija en UF, de acuerdo a los porcentajes establecidos por ley.
* Garantizada: Consorcio asegura a sus beneficiarios la misma pensión mensual que recibía usted, durante un período definido al momento de la suscripción del contrato.
Pension de sobrevivencia
Esta alternativa de Renta Vitalicia podrá ser contratada por sus beneficiarios sobrevivientes, con derecho legal de pensión, si usted fallece.
Las personas con derecho legal de pensión, son:
* La cónyuge mujer o el cónyuge hombre, en caso de ser inválido.
* Las madres de hijos de filiación no matrimonial del afiliado causante, si a la fecha del fallecimiento del titular vivían a expensas de éste y eran solteras o viudas.
* Los hijos solteros y menores de 18 años, o hasta los 24 años que acrediten calidad de estudiantes.
* Los hijos solteros inválidos, independiente de su edad.
* A falta de las anteriores, los padres del afiliado que a la fecha de su muerte fueran cargas reconocidas.
De la pensión del causante o de referencia, los porcentajes de la pension de los sobrevivientes son: - Cónyuges sin hijos comunes con derecho a pensión: 60% - Cónyuges con hijos comunes con derecho a pensión: 50% - Hijos: 15% y 11% en caso de hijos inválidos parciales mayores de 24 años. - Madre o padre de hijos de filiación no matrimonial sin hijos comunes con derecho a pensión: 36% - Madre de hijos de filiación no matrimonial con hijos comunes con derecho a pensión: 30%. - Padres del causante: 50%
Esta Renta Vitalicia se financia con:
* El capital que el afiliado lleva ahorrado en su AFP (saldo de la cuenta de capitalización individual).
* El Bono de Reconocimiento liquidado y
* El Aporte de capital realizado por la compañía de seguros de vida, donde la AFP involucrada tiene contratado el seguro de Invalidez y Sobrevivencia correspondiente y
* Aportes de capital provenientes de su cuenta de ahorro voluntario en la AFP y de Ahorro Previsional Voluntario (APV), si corresponde.
Pension de invalidez
Podrán acceder a esta alternativa de Renta Vitalicia, los afiliados a una AFP que deban pensionarse producto de una invalidez definitiva.
Esta Renta Vitalicia se financia con:
* El capital que el afiliado lleva ahorrado en su AFP (saldo de la cuenta de capitalización individual).
* El Bono de Reconocimiento liquidado.
* El Aporte de capital realizado por la compañía de seguros de vida, donde la AFP involucrada tiene contratado el seguro de Invalidez y Sobrevivencia correspondiente y
* Aportes de capital provenientes de su cuenta de ahorro voluntario en la AFP y de Ahorro Previsional Voluntario (APV), si corresponde.
Usted determina desde cuándo quiere recibir la pensión contratada
* Inmediata: Usted comienza a recibir su renta vitalicia a partir del momento en que los fondos son traspasados desde su AFP a la compañía de seguros.
* Diferida: Usted comienza a recibir su renta vitalicia después de transcurrido el período de tiempo que usted definió al suscribir el contrato.
Por cuánto tiempo garantizar el pago íntegro de su pensión, si usted fallece
* Simple: Sus beneficiarios con derecho a pensión continuarán recibiendo una renta fija en UF, de acuerdo a los porcentajes establecidos por ley.
* Garantizada: La compañía de seguros asegura a sus beneficiarios la misma pensión mensual que recibía usted, durante un período definido al momento de la suscripción del contrato.
Cuando decida pensionarse, llámeme para que tengamos una reunión.
Más información la encontrará en
www.maspension.cl
Renta Vitalicia Inmediata (60-65 años) POL. 2 88 001, o Renta Vitalicia Diferida (combinación de Retiro Programado con Renta Vitalicia) POL.2 88 002, con periodo garantizado de pago Inscrita en el Registro de Polizas bajo el Código CAD 2 93 006.o Invalidez (50% a 2/3) POL.291049, o Sobrevivencia (viudez- orfandad) adicional a la póliza de Renta Vitalicia Inmediata POL.2 04 048 y adicional a la póliza de Renta Vitalicia Diderida POL 2 04 049, Incorporada en el Deposito de Polizas bajo el codigo CAD 2 04 051, o Renta Vitalicia inmediata variable (No..POL.Pend.) y Renta Vitalicia inmediata combinada con retiro programado POL.288001, Chilena Consolidada; Consorcio Nacional; Principal; Bice Vida; Penta Vida; Ohio National; MetLife; EuroAmérica; Mapfre; BCI; BBVA; Security; Interamericana; Renta Nacional y Corpvida.