Con un poder simple firmado ante notario por usted como mandante y el asesor previsional como mandatario y una copia del contrato de asesoría previsional firmado por ambos, el suscrito puede iniciar su trámite de jubilación que dará como resultado un Certificado de Saldo.
Con este documento oficial que viene foliado y con su autorización y firma, desde su computador este asesor previsional puede ingresar a Scomp y pedir una cotización al sistema, que dará como resultado un Certificado de Ofertas, donde salen todas las ofertas de pensión del sistema, cotizan todas las AFP y las compañías de seguros que se interesen en su perfil y le harán ofertas de pensión.
Este asesor podrá negociar con las compañías de seguros directamente para mejorar las ofertas de pensión con una oferta externa de pensión.
Usted recibirá un informe escrito y firmado de este asesor recomendando una de las ofertas de pension la cual usted podrá aceptar o optar por otra oferta, o desistirse de todas las ofertas, para dejar el trámite para más adelante.
Algunas personas debido a la crisis financiera y la baja de los multifondos decidieron postergar su trámite de jubilación, ahora debido a la recuperación financiera las circunstancias han cambiado. Por esta razón y debido al reciente terremoto las necesidades económicas han aumentado es un buen motivo para retomar el tema.
Los requisitos para obtener una pension son iguales en todas las AFP, entre ellos haber cumplido la edad laboral para jubilar, es decir 65 años los hombres y 60 las mujeres, aunque se mantienen los beneficios del sistema hasta los 65 años de la mujer, es decir el seguro de Invalidez y Sobrevivencia, los beneficios tributarios y el bono por hijo se entrega a los 65 años.
Para una pensión anticipada, el requisito es que el capital acumulado alcance para una jubilación equivalente al 70% del promedio imponible promedio del los últimos 10 años y el requisito de poder obtener el 150% de la pensión mínima.
Cumplen estas características las personas que no han hecho imposiciones en los últimos 10 años, como por ejemplo los que viven en el extranjero y tengan el capital necesario en su AFP.
También podrían cumplir con los requisitos para una pensión anticipada las personas que han hecho APV, que han tenido depósitos convenidos o han juntado el capital necesario para cumplir con el 70% descrito.
Es casi imposible cumplir el requisito para una pensión anticipada el que ha hecho imposiciones en forma corriente. En este caso las únicas pensiones anticipadas posibles son las jubilaciones por invalidez accidente enfermedad o discapacidad.
Las personas que cumplen con el requisito para obtener una pensión y tengan capital en exceso sobre el requisito, lo pueden retirar todo como excedente de libre disposición, exento de impuestos hasta 800 UTM
Algunas veces después de exponer ante el pensionable y describirle el trámite de jubilación me han dicho... bueno, lo voy a consultar con mi abogado. Inmediatamente le explico que muy pocos abogados en el país conocen el tema previsional asociado al DL.3.500 y la ley 20.255, lo que debe hacer el pensionable es que el asesor previsional que le visita le explique más del tema para que salga de cualquier duda.
Es por eso que yo insisto en la entrevista personal cara a cara para que la persona que necesite pensionarse conozca a su asesor previsional, observe su trayectoria y finalmente tome una decisión, hacer o no el trámite de jubilación con el asesor previsional que le ha visitado.
La pension de vejez anticipada anticipadas es muy difícil de obtener, porque los requisitos subieron el 19 de Agosto de 2004 para las mujeres que en esa fecha no tenían 50 años y 55 los hombres.
Las persona que no han cotizado en los últimos 10 años y las personas que han hecho APV y depósitos convenidos si tienen posibilidades ciertas de pensionarse anticipadamente.
La otra posibilidad de una jubilación anticipada es por enfermedad o accidente y en ese caso opera el seguro de invalidez y sobrevivencia tomado por la AFP a la que usted pertenece.
En la alternativa de pensión de renta vitalicia usted traspasa su capital que está en la AFP a una compañía de seguros y esta le ofrece una pensión mensual determinada y fija para toda su vida, el riesgo financiero y de sobrevida lo asume la compañía de seguros.
Una renta vitalicia se puede garantizar 10, 15, 20 y hasta 25 años, es decir si fallece el pensionado la jubilación se seguirá pagando en un 100% hasta el fin del período garantizado.
Después del período garantizado si sobrevive algun cónyugue este tiene derecho al 60% de la pensión de por vida.
Alernativas de pensión:
Retiro Programado de AFP, Renta Vitalicia Inmediata (60-65 anos) POL. 2 88 001, o Renta Vitalicia Diferida (combinacion de Retiro Programado con Renta Vitalicia) POL.2 88 002, con periodo garantizado de pago Inscrita en el Registro de Polizas bajo el Codigo CAD 2 93 006.o Invalidez (50% a 2/3) POL.291049, o Sobrevivencia (viudez- orfandad) adicional a la poliza de Renta Vitalicia Inmediata POL.2 04 048 y adicional a la poliza de Renta VitaliciaDiderida POL 2 04 049, Incorporada en el Deposito de Polizas bajo el codigo CAD 2 04 051, o Renta Vitalicia inmediata variable (No..POL.Pend.) y Renta Vitalicia inmediata combinada con retiro programado POL.288001, Chilena Consolidada; Consorcio Nacional; Principal; Bice Vida; Penta Vida; ING; Ohio National; MetLife; EuroAmérica; Mapfre; BCI; BBVA; Security; Corpvida; Renta Nacional e Interamericana.
Más información encontrará en
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